En sesión, a propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la Primera Sala decidió a favor de Marisa, una derechohabiente del ISSSTE que cursaba un embarazo de alto riesgo y a quien la institución le negó el aborto.
Los ministros concluyeron que, con esa negativa, se violó su derecho a la salud, vinculado con su derecho a la vida, a la integridad personal, a la no discriminación y a la autonomía reproductiva.
“La negativa de otorgar la interrupción del embarazo supuso que la privaran de un servicio de atención médica que forma parte del ámbito normativo del derecho a la protección de la salud”, señala la sentencia.
Para Gutiérrez Ortiz Mena las autoridades responsables ignoraron que el aborto por razones de salud tiene como finalidad esencial restaurar y proteger la salud de la persona embarazada, pues su salud está siendo afectada no sólo por el embarazo, sino también por el padecimiento que aparece con su continuación.
La Corte confirmó que Marisa fue sometida a tratos crueles e inhumanos debido a la negativa de la prestación de servicios, lo que le ha ocasionado un impacto sicológico de efectos continuados, que la obliga a recibir la atención sicológica correspondiente.
“En criterio de esta Sala, obligar a las mujeres a adoptar decisiones sobre la salud reproductiva, lo cual sucede, entre otros, cuando se impide acceder a ciertos servicios médicos o cuando no existen las condiciones necesarias para que las decisiones puedan ser efectivas, vulnera la dignidad humana”, se concluyó.
El 24 de septiembre de 2013, Marisa fue informada que estaba embarazada, los doctores le dijeron que era de alto riesgo. Ella solicitó la interrupción del embarazo vía verbal dos veces y una por escrito. Tras las negativas fue a un hospital privado.
Con información de Excélsior
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